APRUEBAN EL “PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL ANTE EL COVID-19 PARA TURISMO DE AVENTURA, CANOTAJE Y CAMINATA”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°
171-2020-MINCETUR
Trekking Perú |
Este protocolo aprobado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es de aplicación complementaria a los
“Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los
trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 448-2020-MINSA.
El protocolo establece las medidas preventivas sanitarias
que deben cumplir los prestadores de servicios de turismo de aventura, canotaje
y caminata con el fin de prevenir la propagación del COVID-19, siendo de
aplicación a todos los citados prestadores de servicios a nivel nacional.
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Asimismo, MINCETUR aprobó mediante Resolución Ministerial N° 173-2020-MINCETUR, el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), a ser suscrito por el Ministerio y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.
El FAE-TURISMO tiene por objeto garantizar los créditos para
capital de trabajo de las MYPE que realizan actividades de establecimientos de
hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte
turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de
esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado
turístico, y producción y comercialización de artesanías.
A continuación encontrarás el texto íntegro del “PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL ANTE EL COVID-19 PARA TURISMO DE AVENTURA, CANOTAJE Y CAMINATA” 👇
https://drive.google.com/file/d/1Tm7MftNY5LIZ0fHCqL61xf9ID-hMiXKR/view?usp=sharing
Elaborado por Velasco Benavides Abogados
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