jueves, 23 de julio de 2020

SUNARP AUTORIZA INSCRIPCIÓN DE DIVERSOS ACTOS A TRAVÉS DE SU SISTEMA DIGITAL

SUNARP AUTORIZA INSCRIPCIÓN DE ACTOS SOBRE PREDIOS, PERSONAS JURÍDICAS, PROPIEDAD VEHICULAR, CONTRATOS TESTAMENTOS, A TRAVÉS DE SU SISTEMA DIGITAL 


Mediante Resolución N° 098-2020-SUNARP/SN de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) autoriza, a partir del 24/07/2020, la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID SUNARP), de instrumentos notariales que contengan actos inscribibles en el registro de TESTAMENTOS, como otorgamiento, modificación, ampliación, revocación de testamento y renuncia de herencia.

Asimismo, en cuanto al Registro de PROPIEDAD VEHICULAR y Registro MOBILIARIO DE CONTRATOS, SUNARP autorizar, a partir del 24/07/2020, la presentación electrónica (mediante SID SUNARP - Registro de Propiedad Vehicular) de los partes notariales suscritos con firma digital conteniendo la transferencia de propiedad a consecuencia de aportes. La presentación electrónica de los actos sobre constitución, modificación o cancelación de garantías mobiliarias comprende, a partir del 24/07/ 2020, la tramitación por el SID SUNARP de los documentos privados con certificación notarial de firma efectuada con la firma digital del notario.


Seguidamente, la resolución en comento establece una serie de actos inscribibles sobre el REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, precisando que se autoriza la presentación electrónica, mediante SID SUNARP de los partes notariales, copias certificadas o instrumentos con certificación notarial de firma, suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos:

- A partir del 24/07/2020: Transferencia de participaciones; Nombramiento, remoción o renuncia de directorio, director o de cualquiera de los cargos comprendidos en dicho órgano.

- A partir del 19/08/2020: Constitución de Sociedad Civil; Constitución de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada; Constitución de Sociedad Colectiva; Constitución de Sociedad en Comandita por Acciones; Constitución de Sociedad en Comandita Simple; Escisión; Fusión; Transformación; Sucursal; Disolución, liquidación y extinción; Constitución de Fundación, Comités y de Cooperativas.


Del mismo modo, en relación con el REGISTRO DE PREDIOS, la resolución de SUNARP comentada autoriza la presentación de los documentos notariales antes detallados, mediante SID-SUNARP, a partir del 24/07/2020, en lo que respecta a Transferencia por aporte. Asimismo, precisa que a partir del 31/08/2020, podrán presentarse los siguientes actos:

- Fideicomiso

- Renuncia de herencia

- Reversión y revocatoria de donación o anticipo de legítima

- Transferencia por reducción de capital

- Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple

- Cesión de derechos

- Cesión de posición contractual

- Transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales

- Transferencia por sucesión testamentaria

- Sustitución de régimen patrimonial

- División y partición

- Resolución de contrato

- Título supletorio

- Anticresis

- Arrendamiento

- Arrendamiento financiero

- Uso

- Pacto de reserva de propiedad

- Pacto de retroventa

- Servidumbre

- Inmovilización Temporal de partidas

- Pacto de indivisión

- Modificación de patrimonio familiar

- Derecho de superficie

- Nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios

- Nombramiento y remoción de Directiva de la junta de propietarios

- Anotación preventiva notarial por falsificación

- Anotación preventiva notarial por suplantación


Encuentra el texto íntegro de la resolución aquí.👇

https://drive.google.com/file/d/1DKNJQa9NnEd_9pUojueDSn-PPcuBiT5H/view?usp=sharing

Elaborado por Velasco Benavides Abogados





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